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JEP deja en firme juicio en contra del coronel (r) Mejía: podría pagar 20 años de cárcel

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La Sección de Apelación dejó en firme el juicio en contra del coronel (r) Hernán Mejía por falsos positivos en su condición de excomandante del Batallón La Popa, al rechazar la nulidad interpuesta por la defensa de Mejía en contra del escrito de acusación presentado por la Fiscalía de la JEP.

En su momento, Mejía había pedido tumbar el escrito de acusación al señalar que contenía distintos vicios como por ejemplo acusarlo de crímenes que ocurrieron cuando ya no era comandante del Batallón, o que había “incongruencias” entre la imputación inicial y la acusación que terminó siendo radicada en su contra, entre otros hechos.

Pues la magistratura rechazó lo planteado por el exmilitar y al contrario cuestionó duramente la calidad argumentativa de esa solicitud, indicando que no existió tal incongruencia planteada por Mejía; según la Sección, la explicación de la Fiscalía de la JEP sobre cada uno de los crímenes en los que el excomandante del Batallón La Popa es presuntamente responsable, es clara y detallada.

“En la acusación se señalan no solo los nombres de cada una de las víctimas directas y las no identificadas, sino también se describe cómo, cuándo y dónde ocurrió cada hecho victimizante y cuál fue la participación o relación del acusado en clave de las actuaciones realizadas para darles apariencia de legalidad”, señala el documento conocido por La W.

 

De hecho, para los jueces transicionales la solicitud de Mejía adolecía de argumentos serios para considerar que la acusación en su contra era ambigua o ineficiente e incluso calificaron la petición del coronel en retiro como una maniobra dilatoria.

“La anulación requerida se percibe entonces ahora, no como un intento por salvaguardar el debido proceso y el derecho defensa del implicado, sino, más bien, como una maniobra dilatoria de la defensa. Por tanto, la pretensión de nulidad asociada a los hechos jurídicamente relevantes tampoco tiene trascendencia, no está acreditada y no es instrumentalmente aceptable”, concluyó la JEP.

Asimismo, la Sección aclaró que el Tribunal para la Paz (que juzgará a Mejía) no tendría que ejercer un control, o revisión previos al escrito de acusación antes de trasladárselo a Mejía y las demás partes para que intervengan, solo a menos que encuentre “objetivamente evidente y ostensible un compromiso o vulneración burda de los derechos fundamentales”.

Señalamientos sobre el caso de la masacre de Mapiripán también ponen en aprietos a Mejía

Pero eso no es todo, los magistrados solicitaron a la Sección de Ausencia de Reconocimiento que tenga en cuenta en el marco de la decisión sobre si Mejía es sancionado, o detenido nuevamente o no, las acusaciones que incluyó dentro de su solicitud de nulidad, donde planteó que eran falsas víctimas las derivadas de la masacre paramilitar en Mapiripán (Meta).

“(…) se favorecía a personas con intereses indemnizatorios a nivel internacional; y en el caso Mapiripán la mala actividad judicial derivó en falsas víctimas”, dijo Mejía ante la JEP.

Incluso, en el documento, el coronel criticaba hasta el funcionamiento y la existencia de la JEP, a la cual acusaba de ensañarse contra los militares y procesarlos sin reglas claras, buscando “torcer” la historia del país.

Así las cosas entonces, la Sección de Apelación ordenó que todas estas aseveraciones del coronel Mejía, que fueron de plano rechazadas por falta de argumentos, sean estudiadas y se tome una determinación de fondo dentro de su proceso sancionatorio.

“Las últimas afirmaciones señaladas de la defensa podrían ser revictimizantes y reñir con las condicionalidades que vinculan al compareciente en el marco de su comparecencia en la JEP”, señalaron los jueces transicionales.


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