Justicia Invertida: Los efectos indirectos del incremento en el salario mínimo en el sistema pensiónale

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Por: Claudia Escobar García (*)

Pocas veces una medida de política pública admite un análisis lineal y unívoco. Generalmente, por el contrario, tienen impactos diferenciados en el tiempo, en el espacio y entre los múltiples grupos y actores sociales.

La depreciación del peso colombiano, por ejemplo, suele beneficiar a los exportadores, pero en cambio perjudica a los importadores. Las órdenes de confinamiento implementadas en el marco de la pandemia por el SARS-CoV-2 dejó sin trabajo a muchas personas, pero impulsó algunas otras importantes líneas de negocios, que a su vez generaron otro tipo de empleos; asimismo, en un primer momento ralentizó el servicio de administración de justicia, pero transformó radicalmente la forma en que se imparte justicia.

El insospechado incremento en el salario mínimo para el año 2026 también ha producido efectos heterogéneos, asimétricos y variados en la población afiliada al sistema pensional.

Algunos perdieron, pero otros ganaron. Y en medio de ambos extremos se encuentra una muy amplia gama de situaciones que hasta ahora comienzan a identificarse.

Los ganadores absolutos son los pensionados en el Régimen de Prima Media cuya mesada está sometida al tope establecido en el artículo 48 de la Constitución, de 25 salarios mínimos.

El incremento en la mesada corresponde exactamente al incremento en el salario mínimo, esto es, al 23%. De modo que, en promedio, estas personas pasarán de devengar mensualmente cerca de 35 millones y medio en el año 2025, a casi 44 millones en el año 2026.

¿Quiénes hacen parte de este selecto grupo?

Para acceder a esta jugosa mesada se requiere, en primer lugar, haber hecho aportes al sistema durante el tiempo mínimo exigido por la ley para acceder a la pensión de vejez.

Es decir, son beneficiarios quienes logren permanecer en el mercado laboral formal entre 20 y 25 años, dependiendo del régimen legal con el que se obtiene la pensión. Pero sólo una minoría de la población colombiana alcanza este objetivo, dadas los muy altos niveles de informalidad en el país.

Se calcula que únicamente entre el 20 y el 25% de los colombianos que han superado la edad de pensión, cumple esta exigencia. Generalmente son las personas con mayor nivel educativo y con mejor estatus socio económico.

Pero no basta con haber hecho aportes durante este periodo de tiempo para alcanzar una pensión de 25 salarios mínimos.

Se requiere haber cotizado sobre un ingreso lo suficientemente significativo como para que, una vez aplicada la tasa de remplazo sobre el ingreso base de cotización en los últimos 10 años, el valor resultante sea igual o superior a este monto. Una muy pequeña proporción de cotizantes satisfacen esta condición.

Por definición, se trata de las personas con mayores ingresos. Probablemente menos de los 4000 más ricos a los que alude con frecuencia el Presidente Gustavo Petro.

De modo que el incremento superlativo de un 23% en el salario mínimo, beneficia en primer lugar a los más privilegiados del país.

Y no deja de ser relevante el hecho de que estas cuantiosas mesadas no se financian con los propios ahorros del pensionado, sino con recursos públicos.

Lo anterior, ya que en el Régimen de Prima Media los afiliados no construyen financieramente su pensión, sino que hacen unos aportes a un fondo común en una proporción significativamente inferior a lo que reciben cuando cumplen los requisitos de la pensión de vejez.

Se calcula que estos subsidios indirectos pueden llegar a ser hasta el 90% del dinero recibido durante el periodo de desacumulación. De modo que estos millones provienen directamente del Presupuesto General de la Nación, y de los aportes de otros afiliados que, en su mayoría, no logran pensionarse.

En el otro extremo de la balanza se encuentran los afiliados al Régimen de Ahorro Individual que, o bien están próximos a alcanzar el ahorro necesario para obtener una mesada de un salario mínimo durante su expectativa de vida, o que ya lograron costear una pensión de un salario mínimo.

En el primer caso, como el afiliado debe poder financiar con sus propios ahorros su mesada durante su vida probable, el incremento en el salario mínimo en un 23% implica que el capital requerido para acceder a una pensión mínima, será sustancialmente superior.

Se calcula que, en promedio, para el año 2025 se necesitaba un capital de 350 millones. Bajo la nueva perspectiva salarial, este capital mínimo será, en promedio, de 435 millones.

Muchos afiliados están viendo cada vez más lejos su sueño de obtener la pensión de vejez.

La situación es mucho más gravosa para las mujeres que para los hombres.

La edad de pensión es menor para ellas, de 57 años frente a los 62 de los hombres, y su expectativa de vida es superior en alrededor de 5 años. Esto significa que sus ahorros deben ser muy superiores al de los hombres para poder sufragar las mesadas.

Al mismo tiempo, las mujeres tienen mayores obstáculos para acceder y permanecer en el mercado laboral formal. De suerte que las mujeres de bajos ingresos afiliadas al RAIS, que estaban próximas a alcanzar el ahorro mínimo para pensionarse con un salario mínimo, hoy día se encuentran en el peor de los mundos.

La situación no es más alentadora para los pensionados con un salario mínimo en el Régimen de Ahorro Individual bajo la modalidad de retiro programado.

Aunque en principio el incremento en el salario mínimo implica para ellos un aumento en la cuantía de sus mesadas, el efecto es ilusorio. Dado que ellos deben financiar su pensión con los ahorros alcanzados durante su vida laboral y los rendimientos de tales aportes, el aumento en los montos recibidos mensualmente por encima de los cálculos actuariales efectuados por los fondos de pensiones implica que, probablemente antes de su muerte, su cuenta puede quedar sin los recursos necesarios para mantener los pagos durante la vida probable.

Aunque para estos escenarios críticos la ley contempla el cambio a otra modalidad de pensión, tal como ocurre con la denominada “renta vitalicia”, en las actuales condiciones del mercado esto no es factible.

De modo que, aunque a primera vista la decisión de aumentar el salario mínimo en un 23% puede ser vista con optimismo y alegría, en general el prospecto es negativo y peligroso para este grupo de pensionados.

Desde esta perspectiva, aunque el presidente Gustavo Petro insiste una y otra vez en que el incremento en el salario mínimo para el año 2026, casi 5 veces por encima del incremento en el IPC, favorece a los más vulnerables, una revisión meticulosa de la situación indica que esta medida genera el efecto exactamente inverso en el escenario pensional.

Los más privilegiados, aquellos que reciben las mesadas más altas posibles, que son también los que han tenido mejor nivel socio económico, mejores ingresos y mejor nivel educativo, son los que verán una mejoría muy sustantiva en la cuantía de sus mesadas, con cargo a los recursos públicos.

En contraste, los afiliados y pensionados más vulnerables, aquellos que deben construir por su propia cuenta su pensión sin ningún soporte estatal, y que devengan menores ingresos, verán cada vez más lejos su expectativa de pensionamiento, o se enfrentarán al riesgo de perder sus mesadas.

Así las cosas, el incremento del salario mínimo para el año 2026 constituye, al menos en el escenario laboral, una medida parcialmente regresiva, o una especie de justicia a la inversa.

Es decir, otra modalidad de injusticia, con el ropaje y las formas del discurso progresista.

(*) Estudió Derecho y Filosofía y una maestría en Derecho Constitucional; ex magistrada auxiliar de la Corte Constitucional por 10 años; interesada en temáticas nacionales e internacionales relacionadas con justicia y derechos humanos, con enfoque crítico, analítico e investigativo.


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