Con ocho votos a favor y tres en contra, la Comisión Séptima del Senado dio luz verde para que la iniciativa pase a segundo debate.
Este 14 de junio, la Comisión Séptima del Senado aprobó en su primer debate en el Congreso el proyecto de reforma pensional, con ocho votos a favor y tres en contra. La iniciativa establecería en el país el sistema de protección social integral para la vejez.
Con un 87 % del proyecto aprobado, ya se se había dado luz verde casi en su totalidad al articulado, por lo que para la sesión de este miércoles quedaban pendientes de votación los últimos artículos de la ponencia para poder dar paso al segundo debate.
El pasado martes 13 de junio se logró la aprobación de los puntos más polémicos del texto, entre ellos el artículo 3, que define la estructura del sistema de pilares, en el cual buena parte del debate se centró en el pilar contributivo y el tope de tres salarios mínimos que establece el techo sobre las cotizaciones que deben ir a Colpensiones.
Entre los artículos que se aprobaron en la sesión de este miércoles se encuentran los artículos 57, 58, 48, 36, 67, 69, 72, 75, 76, 77, 85, 88, 90, 93 y 94.
El artículo 36 establece un beneficio en la disminución de semanas para las mujeres con hijos como reconocimiento al trabajo no remunerado.
Con relación a esto, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, solicitó un cambio para la adecuación de este punto, destacando que, si bien inicialmente se establecía una rebaja de 50 semanas por cada hijo hasta llegara las 1.150 semanas, este se podría bajar hasta las 1.000 semanas, conforme a la más reciente decisión de la Corte.
Sin embargo, tras ser sometido a votación, el artículo se aprobó sin ajustes.
El artículo 76 es otro de los puntos que ha generado división. Este apartado define cómo se daría el régimen de transición, fijando su punto de partida en las 1000 semanas.
A lo largo del debate se discutió acerca de la edad para ingresar en este régimen. Al respecto, la Mintrabajo anunció que se llegó a un acuerdo en el que se establecería que a los hombres que cuenten con 900 semanas y las mujeres con 750 semanas cotizadas se les seguirá aplicando en su totalidad la Ley 100 de 1993.
Por su parte, para el artículo 77, que determina las condiciones a través de las cuales se podría hacer un traslado de régimen, se propuso que a los hombres y mujeres que cuenten con más de las semanas de cotización ya expuestas y que les falten menos de diez años para tener la edad de pensión tendrán un periodo de dos años para poder realizar este cambio.
Tanto el artículo 76 como el 77 fueron aprobados con las proposiciones planteadas.
Por otro lado, entre los puntos que avivaron el debate se suma el artículo 88, el cual se relaciona con la conmutación o constitución de las rentas vitalicias.
Según lo señalado por el proyecto en este aspecto, “las Administradoras del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad del Sistema Integral de Seguridad Social deberán conmutar los retiros programados de acuerdo a la reglamentación que exista sobre la materia o constituir rentas vitalicias a todos los retiros programados que se hayan constituido a la fecha de entrada en vigencia de esta ley”.
Durante el debate en la Comisión Séptima de Senado, la titular de la cartera laboral, también anunció que el proyecto de ley incluirá el fallo de la corte que reduce de 1.300 a 1.000 las semanas de cotización para que las mujeres accedan al derecho de pensión.