Bogotá D. C.- El Decreto Legislativo 044 de 2026 introdujo nuevas cargas fiscales y regulatorias para el sector de generación de energía en Colombia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Gobierno Nacional.
La norma estableció una contribución parafiscal del 2,5 % sobre la utilidad antes de impuestos correspondiente a la vigencia fiscal de 2025 y un aporte obligatorio en especie del 12 % de la energía vendida en bolsa por parte de los generadores hidráulicos. Las medidas buscan atender la deuda acumulada de la empresa Air-e, intervenida por la Superintendencia de Servicios Públicos desde septiembre de 2023, con los generadores de energía.
Decreto 044 de 2026 y su alcance en el sector energético
El Gobierno justificó la expedición del Decreto 044 de 2026 señalando la existencia de un riesgo sistémico que afectaba la continuidad del servicio público de energía eléctrica, asociado a la situación financiera de los comercializadores y a la cartera vencida de Air-e con las empresas generadoras.
Para atender esta situación, el decreto adoptó instrumentos tributarios y cuasi-tributarios que trasladaron parte del costo de la solución al eslabón de generación, particularmente a las empresas que participan en el Mercado de Energía Mayorista.
Según el texto del decreto, las medidas tienen carácter extraordinario y se aplican durante 2026, bajo el argumento de preservar la estabilidad del sistema eléctrico y garantizar la prestación del servicio.
Contribución parafiscal y aporte en especie con el decreto 044
El decreto estableció dos obligaciones principales para los generadores de energía. La primera corresponde a una contribución parafiscal del 2,5 % sobre la utilidad antes de impuestos de la vigencia 2025, aplicable a empresas de servicios públicos domiciliarios que desarrollan actividades de generación.
El recaudo se realizará mediante un pago anticipado del 1,25 % el 2 de febrero de 2026 y un segundo pago del 1,25 % el 15 de mayo del mismo año, con posterior reliquidación. La norma no vinculó esta contribución a costos operativos ni a la capacidad de pago individual de las empresas.
La segunda medida corresponde a un aporte obligatorio en especie dirigido exclusivamente a los generadores hidráulicos con despacho centralizado en el Mercado de Energía Mayorista. Estos agentes deberán entregar el 12 % de la energía efectivamente vendida en bolsa durante 2026.
Como contraprestación, el decreto otorgó un descuento tributario del 50 % en el impuesto de renta, calculado sobre el menor valor entre el precio de bolsa y el costo promedio ponderado de los contratos bilaterales al mercado regulado del mes anterior.
Efectos sobre el mercado y la operación
El Decreto 044 de 2026 modificó el funcionamiento del Mercado de Energía Mayorista, un esquema que durante más de tres décadas operó como mecanismo central de formación de precios, asignación eficiente de recursos y gestión de riesgos.
La obligación de entregar energía en especie a empresas intervenidas por el Estado transformó una transacción de mercado en una transferencia forzosa, lo que alteró las señales económicas para los generadores hidráulicos y afectó el esquema tradicional de liquidación.
En términos financieros, las empresas del sector enfrentaron una reducción directa de rentabilidad derivada de la contribución sobre la utilidad antes de impuestos, así como presiones de caja por los pagos anticipados. También se identificaron riesgos adicionales para proyectos con márgenes financieros ajustados.
Algunos analistas señalaron que estas cargas podrían trasladarse de manera indirecta a los precios de los contratos y, en el mediano plazo, a las tarifas finales, dependiendo de la evolución del mercado.
Pronunciamientos de gremios del sector acerca del decreto 044
Distintos gremios del sector energético se pronunciaron sobre el Decreto 044 de 2026. Alejandro Castañeda, presidente de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras (ANDEG), afirmó que el decreto resultó “totalmente inconveniente” y anunció solicitudes de revisión ante la Corte Constitucional.
Acolgen, a través de un comunicado, expresó su preocupación por los cambios introducidos en el marco jurídico del sector, señalando que las medidas generan incertidumbre regulatoria y podrían afectar decisiones de inversión, subastas de cargo por confiabilidad y el desarrollo de nuevos proyectos.
Por su parte, Camilo Sánchez, presidente de Andesco, indicó que el decreto trasladó al sector generador la responsabilidad de una situación asociada a la intervención de Air-e, lo que, en su criterio, impactó la estabilidad financiera de las empresas.
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https://www.ladob.info/economia
Debate jurídico y revisión constitucional
El Decreto 044 de 2026 se articuló como una extensión de medidas adoptadas bajo el estado de emergencia, sin que se identificaran hechos sobrevinientes distintos a los ya considerados en normas anteriores.
Este aspecto dio lugar a solicitudes de control constitucional integral, así como a la eventual adopción de medidas cautelares que suspendan su aplicación mientras se evalúa su conformidad con la Constitución.
De acuerdo con expertos en derecho público, la discusión se centrará en la proporcionalidad de las cargas impuestas, la temporalidad de las medidas y el uso de instrumentos excepcionales para modificar de manera estructural las reglas del sector energético.
Para información institucional sobre el marco regulatorio del sector eléctrico puede consultarse la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG):
https://www.creg.gov.co
