Bogotá. Como lo había dado a conocer LadoB, el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá condenó en primera instancia al expresidente Álvaro Uribe Vélez a 12 años de prisión, en modalidad de detención domiciliaria, por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
La juez Sandra Liliana Heredia Aranda encontró responsable al exmandatario y le impuso también una multa equivalente a 2.420,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
Además de la medida de detención domiciliaria y la multa económica, el expresidente quedó inhabilitado para ejercer cargos públicos por un período de 100 meses y 20 días, es decir, más de ocho años.
Al no demostrarse su responsabilidad, el fallo absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez del cargo de soborno simple relacionado con la exfiscal Hilda Niño Farfán, así como del delito de fraude procesal en el caso en el que interviene Harlington Mosquera.
No obstante, se le declaró penalmente responsable como determinador del delito de soborno en actuación penal en concurso homogéneo, en concurso heterogéneo con fraude procesal en concurso homogéneo, por hechos acreditados dentro del contenido del fallo.
Esta es la parte resolutiva del fallo:
Uribe furioso
Antes de iniciar la lectura del fallo de primera instancia, la juez advirtió que la sentencia había sido filtrada a los medios de comunicación y mencionó que dicha filtración provenía de Tomás Uribe, hijo del expresidente. En ese momento el expresidente interrumpió la audiencia visiblemente alterado y expresó: “Señora juez, protesto enérgicamente por este tratamiento a mis hijos, usted me ha tratado a mí de la peor manera y lo he respetado, pero no le acepto que se meta con mi familia”. Frente a su intervención, la juez le pidió guardar silencio y aclaró que siempre ha tratado con respeto tanto al condenado como a su núcleo familiar, precisando que su observación se basaba únicamente en lo informado por la oficina de prensa de los juzgados de Paloquemao. Ver el momento el tenso momento aquí.
¿Qué sigue en el caso?
La defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez aún cuenta con recursos ordinarios y extraordinarios previstos por la ley penal colombiana:
- Apelación ante el Tribunal Superior correspondiente:
- La sentencia puede ser impugnada dentro de los términos procesales, y el Tribunal deberá revisar integralmente los fundamentos de hecho y derecho.
- Este recurso debe ser anunciado dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación del fallo.
- Recurso extraordinario de casación:
- En caso de confirmarse la condena en segunda instancia, la defensa podrá acudir a la Corte Suprema de Justicia, mediante una demanda de casación que deberá cumplir con causales específicas y estrictos requisitos técnicos.
Herramientas de defensa disponibles
Desde una óptica técnico-jurídica, la defensa del exmandatario podría explorar diversas líneas:
- Cuestionar la valoración probatoria, incluyendo la credibilidad de los testigos y la ponderación de las pruebas testimoniales e indiciarias.
- Atacar la configuración típica de los delitos imputados, o la existencia del dolo directo como elemento esencial.
- Alegar nulidades procesales o violaciones al debido proceso, si existieran actuaciones viciadas o faltas al principio de legalidad.
- Plantear sesgos judiciales, utilización del derecho penal del enemigo o persecución política, como narrativa paralela ante la opinión pública y eventualmente en estrados.